Viernes, 03 de Mayo 2024
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España UPEyDE Titulo: ¿El contrato único es constitucional?. Texto: Desde el Gobierno se ha pretendido rechazar el contrato único indefinido con el argumento de que es inconstitucional. Sin embargo, lo único que reconoce la Constitución al respecto es el derecho al trabajo (artículo 35). Cuando se le agota esta excusa, el Ejecutivo suele decir que este tipo de contrato incumpliría el Estatuto de los Trabajadores, que exige que el despido deba ser causal, o dicho con otras palabras: estar motivado. Si la causa esgrimida no es aceptable, se puede declarar el despido como improcedente o nulo. El contrato único indefinido, tal como lo plantea UPyD, respeta plenamente el principio de causalidad, al establecer dos baremos de indemnización: uno para despidos procedentes y otro para improcedentes. Por lo tanto, es compatible con la legislación laboral española. Y desde luego, no es inconstitucional. De hecho, si alguien está fracasando en la salvaguardia de algún derecho recogido en la Carta Magna, será el Gobierno que pemite más de seis millones de parados.