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Justicia - Noticia. España - 07/02/2020

Condenado a 37 años de cárcel por asesinar a su exmujer e intentar matar a una prima de la víctima

Intentó huir del lugar en una bicicleta que robó a un menor de 12 años

Politica 24h
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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 37 años de cárcel al hombre acusado de matar de varias puñaladas a su exmujer y de herir de gravedad a una prima de la víctima en el mes de junio de 2017 en la capital hispalense, tras lo que huyó del lugar en una bicicleta que robó a un menor de 12 años.

Tras el veredicto de culpabilidad emitido la pasada semana por un jurado popular, la Audiencia condena al acusado, por un delito de asesinato con las agravantes de parentesco y de género, a 19 años de prisión, privación de la patria potestad y la prohibición de acercarse y comunicarse con los padres y los cuatro hijos de la fallecida durante 24 años, imponiéndole asimismo 14 años de cárcel y la prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicarse durante 24 años con la prima de la víctima por un delito de asesinato en grado de tentativa.

En la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Audiencia condena además al acusado a 1 año de cárcel por un delito de quebrantamiento de medida cautelar con la agravante de reincidencia, ya que en 2010 fue condenado en firme a 6 meses de prisión por otro delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar, y a 3 años de prisión por un delito de robo con intimidación.

Asimismo, y en concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar con 471.730 euros a los padres, hijos y hermanos de la víctima, que contaba con 39 años de edad cuando falleció, así como con 50.829 euros a la mujer herida por las lesiones y secuelas sufridas a consecuencia de la agresión.

Según recoge la sentencia, el jurado consideró probado que el acusado estuvo casado con la víctima hasta su divorcio en 2008, si bien posteriormente ambos reanudaron la convivencia, teniendo tres hijos en común, dos de ellos menores de edad en la fecha de los hechos.

Por auto de 25 de julio de 2015, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Sevilla impuso al acusado la prohibición de aproximarse a su exmujer y a menos de 300 metros de su domicilio, así como de comunicarse con ella por cualquier medio, pero, “pese a tener conocimiento de dicha prohibición”, sobre las 16,00 horas del 24 de junio de 2017 acudió a las inmediaciones del domicilio de su expareja “al saber que estaba en casa de su prima”, ubicada muy próxima a la anterior, “y las esperó agazapados entre dos coches”.

Sobre las 18,15 horas, la víctima salió del domicilio de dicha familiar en compañía de su hijo de 6 años, de su prima y de la pareja de ésta. La prima de la fallecida, “al observar que le hacía gestos una vecina que había visto al acusado escondido entre dos vehículos aparcados, se dirigió a ella”, encontrándose con el acusado, quien extrajo “de manera sorpresiva e inopinada” un cuchillo de 20 centímetros de largo y le asestó una “fuerte” puñalada en el abdomen, causándole heridas que “pusieron gravemente en peligro su vida, pues de no haber recibido atención médica urgente, hubieran sido letales para la misma”.

El condenado asestó esta puñalada “con la intención de causarle la muerte, que no se produjo gracias a la inmediata asistencia recibida”, según declaró probado el jurado, que en su veredicto también vio probado que la prima de la fallecida “se encontró indefensa ante la imprevisible acción de aquel, pues no pudo reaccionar para eludir la agresión”.

“Situación de dominio y control”

Seguidamente, el encausado persiguió a su exmujer, “que intentaba huir de él con su hijo pidiendo socorro a gritos” y que se refugió en una cochera, aunque no pudo cerrar la puerta de la misma “al irrumpir de repente el acusado dándole una patada”, tras lo que éste se dirigió con el cuchillo en la mano hacia su expareja y, “con ánimo de acabar con su vida, en presencia del menor” y del propietario de la cochera, “se lo clavó repetidas veces”.

La víctima no pudo huir y, al caer al suelo, el acusado “siguió apuñalándola varias veces más” hasta que le provocó la muerte. Según el veredicto del jurado, el condenado apuñaló a su exmujer, “a la que había amenazado de muerte en repetidas ocasiones, como expresión máxima y final de la situación de dominio y control que sobre ella ejercía por ser mujer”.

Tras todo ello, se dio a la fuga con el cuchillo en la mano y, al ver a un menor de 12 años con una bicicleta, “se apoderó” de la misma, aunque para conseguir su propósito de sustraer la bicicleta “no esgrimió contra el menor el cuchillo que llevaba”. Sobre las 21,00 horas de ese mismo día, y “sabiendo que ya era buscado por la Policía”, el encausado se personó voluntariamente en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Nervión, “manifestando haber apuñalado a su expareja”, aunque “no aportó datos relevantes para el esclarecimiento de los hechos enjuiciados”.

La Audiencia considera que, en relación a la muerte de su exmujer, concurre la agravante de ensañamiento determinante para la calificación de los hechos como asesinato, precisando que el acusado mantuvo una conducta “cruel e inhumana” al inferir “indeterminadas acometidas (...), con un cuchillo de considerable tamaño (20 centímetros de largo y 4 de ancho) de forma brutal contra la víctima, produciéndole diversas heridas de defensa que evidenciaba aún más la conciencia y voluntad de causar la muerte de la víctima a toda costa, con independencia de lo inhumano de la acción ejecutada”.




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